lunes, 28 de septiembre de 2009
SOBRE LOS PRIMEROS AÑOS DE LA RIOJA: EL PRIMER ABOGADO QUE EJERCIO SU PROFESION EN LA RIOJA: 1º PARTE

1) La Rioja y la profecía de un Santo:
Corría el año 1593 en la Gobernación del Tucumán. [1]
En la Rioja, una ciudad – aldea recién fundada, un fraile llamado Francisco Sanchez Solano, tiempo después de un BAUTISMO MASIVO de numerosos indios que se llegaron pacíficamente a la ciudad [2] , reprochó en la plaza pública, la conducta de un vecino feudatario llamado Domingo de Otazo [3] que en sus malocas había colgado a 12 indios.
El fraile no dejara La Rioja, sin una terrible predicción para Otazo: “mataste a los indios, los indios te matarán.”
2) La Rebelión y la Pacificación:
Llegaba el año 1595.Un empobrecido Ramírez de Velasco, que ya había dejado su cargo de gobernador del Tucumán, concluía con éxito su juicio de residencia y se hallaba en Potosí. [4]
Después de un corto período de gobierno de Fernando de Zárate, entraba a gobernar el Tucumán, don Pedro de Mercado de Peñaloza, al cual ya le solicitaban urgentísimos asuntos.
Luego de una campaña de pacificación en los valles calchaquíes, habría tenido noticias sobre la muerte de un vecino feudatario de apellido “Otazo” junto a otros españoles, a manos de los indios, en la lejana ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja.
En estas circunstancias, el flamante gobernador consideró que la tierra “se hallaba alzada” y la ciudad en riesgo de “ser despoblada”, por lo que debía asistirla en forma urgente.
Organiza una gran campaña militar y con un campo de unos 100 hombres, armas, caballos y provisiones se llega a La Rioja para sofocar la rebelión.
Con el gobernador Mercado de Peñaloza ingresan a La Rioja, su hijo mayor como capitán y un licenciado de nombre DIEGO FERNANDEZ DE ANDRADA, abogado nada menos que de la Real Audiencia de La Plata [5]
Mercado se estableció en la misma ciudad de la Rioja, y junto a el permaneció nuestro abogado [6] mientras los capitanes buscaban a los indios rebelados tierra adentro.
Durante los 8 meses que duró la campaña de pacificación, Fernandez de Andrada se dedicaría a resolver numerosos pleitos entre los vecinos, lo que contribuyó a la organización y el crecimiento de la naciente ciudad.
Tanto es así que el gobernador Mercado de Peñaloza quiso premiarlo con algún repartimiento de indios (si este repartimiento caía en la jurisdicción de La Rioja, debía adquirir los derechos y contraer las obligaciones de la condición de “vecino” de La Rioja) pero el licenciado Andrada consideró que estas lejanas tierras no podían ser provechosas para sus estudios y no lo aceptó.
El texto del pedido de la encomienda de Tuama, que en 1631 hace su hijo DIEGO ANDRADA Y SANDOVAL ante la Audiencia de La Plata, es el siguiente:[7]
“DIEGO FERNANDEZ DE ANDRADA…FUE CON DON PEDRO DE MERCADO DE PEÑALOZA A LA CIUDAD DE TODOS SANTOS DE LA NUEVA RIOJA EN LA PROVINCIA DE LOS DIAGUITAS QUE ESTABA EN LOS PRINCIPIOS DE SU FUNDACIÓN Y NO BIÉN CONQUISTADA Y POR MUERTE DE 3 ESPAÑOLES ESTABAN LOS NATURALES REBELADOS…ES PUESTO A SI MISMO A MILITAR EN LA PACIFICACIÓN DE AQUELLAS GENTES DONDE ESTUVO MAS DE 8 MESES CON SUS ARMAS Y CABALLOS PARA SERVIR PERSONALMENTE Y POR PARECERLE AL DICHO GOBERNADOR LE ERA NECESARIO TENERLE JUNTO A SU PERSONA NO PERMITIÓ SU SALIDA CON SUS CAPITANES…Y MIENTRAS LOS DEMÁS MILITABAN EN LA GUERRA, EL EN LA PAZ QUITABA PLEITOS POR DIFERENCIAS ENTRE LOS VECINOS QUE ESTA FUE CAUSA QUE AQUELLA CIUDAD…. SE AUMENTASE Y PARECIENDOLE AL DICHO GOBERNADOR DON PEDRO DE MERCADO QUE EL DICHO MI PADRE HABIA SERVIDO A SU MAGESTAD BIEN EN ESTO HE MERECIA POR ELLO LE HIZO… EN SU REAL NOMBRE DE UN REPARTIMIENTO ENTONCES BACO Y POR SER CORTO Y EN TIERRA DONDE NO PODIA HACER PROVECHO CON SUS ESTUDIOS HIZO DEJACION PARA QUE SE DIESE A OTRA PERSONA BENEMERITA…
En la próxima nota veremos que tipo de pleitos pudo haber resuelto el abogado ANDRADA DE SANDOVAL.
3) Referencias:
[1] En esa época la gobernación del Tucumán comprendía 8 pequeñas ciudades hispanas: Santiago del Estero, San Miguel de Tucumán, Talavera de Esteco, Córdoba, Salta, La Rioja, Madrid de las Juntas y Jujuy.
[2] En la nota del Diario Nueva Rioja, del día 4 de Mayo de 2009,se fundamenta nuestra tesis acerca de que en 1593 no hubo una rebelión de indios, sino un desplazamiento pacífico de tribus hacia la ciudad de La Rioja, posiblemente para conocer el Santo que acababa de llegar.
[3] Domingo de Otazo figura como conquistador y vecino feudatario de La Rioja. Ver Moyano Aliaga: “la Rioja: Revelaciones Documentales acerca de su fundación” Córdoba 1991.
En el testimonio del presbítero Manuel Nuñez se cita la muerte de los 12 indios por Otazo, según el cardenal Caggiano en su artículo: “La Figura de San Francisco y su Actuación en el Tucuman. Academia Nacional de la Historia. Vol XXIV
[4] Hasta entonces por problemas administrativos en las Cajas Reales de Potosí, Ramírez de Velasco no había recibido ninguno de sus sueldos como gobernador.
[5] La Real Audiencia de La Plata se crea en 1563, por cédula del rey Felipe II. Era un Organismo con facultades administrativas y Judiciales, integrada por miembros llamados “Oidores”, bajo cuya jurisdicción se colocó a la Gobernación del Tucumán, también creada en esa época.
Cabe destacar que las LEYES DE INDIAS (recopiladas por mandato del Rey Carlos II en 1681) citan ordenanzas de Felipe II en donde (entre otras); hacen las siguientes exigencias a los ABOGADOS DE LAS REALES AUDIENCIAS: (folio 255)
● “Ordenamos y mandamos que ninguno sea y pueda ser abogado en nuestras reales Audiencias de las indias, sin ser primeramente examinado por el Presidente y Oidores, y escrito en la matrícula de los Abogados, y cualquiera que lo contrario hiciere, por la primera vez sea suspendido del oficio de Abogado por un año, y pague 50 pesos para nuestra cámara, y por la segunda se doble la pena y por la tercera quede inhábil y no pueda usar la Abogacía… (Folio 255)
● “Que los abogados juren que no ayudarán en causas injustas ni actuarán injustamente, y luego que conocieren que las partes no tienen justicia, desampararán las causas”
● “Si algún abogado descubriere el secreto de su parte a la contraria o a otra en su favor o si se hallare que aconseja a ambas partes contrarias en el mismo negocio, o si no quiere jurar lo contenido en estas ordenanzas y en las Leyes y pragmáticas de estos reinos de Castilla …le privamos del oficio de la Abogacía y si después usare de el en cualquier forma, pierda la mitad de sus bienes para nuestra Camara”, (folio 256)
● “Los abogados no dilaten los pleitos y procúrenlos abreviar en cuanto fuere posible, especialmente los de indios, a los cuales lleven muy moderadas pagas y sean verdaderos protectores y defensores de personas y bienes”, (folio 257), etc, etc.
[6] Mercado de Peñaloza era un hombre que en sus servicios había quedado manco, y quizás sea por esta limitación que decidió permanecer en La Rioja. Además, su cargo de “Gobernador, Capitán General y Justicia Mayor” le otorgaba facultades para entender en cuestiones judiciales dentro de su gobernación.
[7] ARCHIVO GENERAL DE INDIAS. CHARCAS 101 N 50
Corría el año 1593 en la Gobernación del Tucumán. [1]
En la Rioja, una ciudad – aldea recién fundada, un fraile llamado Francisco Sanchez Solano, tiempo después de un BAUTISMO MASIVO de numerosos indios que se llegaron pacíficamente a la ciudad [2] , reprochó en la plaza pública, la conducta de un vecino feudatario llamado Domingo de Otazo [3] que en sus malocas había colgado a 12 indios.
El fraile no dejara La Rioja, sin una terrible predicción para Otazo: “mataste a los indios, los indios te matarán.”
2) La Rebelión y la Pacificación:
Llegaba el año 1595.Un empobrecido Ramírez de Velasco, que ya había dejado su cargo de gobernador del Tucumán, concluía con éxito su juicio de residencia y se hallaba en Potosí. [4]
Después de un corto período de gobierno de Fernando de Zárate, entraba a gobernar el Tucumán, don Pedro de Mercado de Peñaloza, al cual ya le solicitaban urgentísimos asuntos.
Luego de una campaña de pacificación en los valles calchaquíes, habría tenido noticias sobre la muerte de un vecino feudatario de apellido “Otazo” junto a otros españoles, a manos de los indios, en la lejana ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja.
En estas circunstancias, el flamante gobernador consideró que la tierra “se hallaba alzada” y la ciudad en riesgo de “ser despoblada”, por lo que debía asistirla en forma urgente.
Organiza una gran campaña militar y con un campo de unos 100 hombres, armas, caballos y provisiones se llega a La Rioja para sofocar la rebelión.
Con el gobernador Mercado de Peñaloza ingresan a La Rioja, su hijo mayor como capitán y un licenciado de nombre DIEGO FERNANDEZ DE ANDRADA, abogado nada menos que de la Real Audiencia de La Plata [5]
Mercado se estableció en la misma ciudad de la Rioja, y junto a el permaneció nuestro abogado [6] mientras los capitanes buscaban a los indios rebelados tierra adentro.
Durante los 8 meses que duró la campaña de pacificación, Fernandez de Andrada se dedicaría a resolver numerosos pleitos entre los vecinos, lo que contribuyó a la organización y el crecimiento de la naciente ciudad.
Tanto es así que el gobernador Mercado de Peñaloza quiso premiarlo con algún repartimiento de indios (si este repartimiento caía en la jurisdicción de La Rioja, debía adquirir los derechos y contraer las obligaciones de la condición de “vecino” de La Rioja) pero el licenciado Andrada consideró que estas lejanas tierras no podían ser provechosas para sus estudios y no lo aceptó.
El texto del pedido de la encomienda de Tuama, que en 1631 hace su hijo DIEGO ANDRADA Y SANDOVAL ante la Audiencia de La Plata, es el siguiente:[7]
“DIEGO FERNANDEZ DE ANDRADA…FUE CON DON PEDRO DE MERCADO DE PEÑALOZA A LA CIUDAD DE TODOS SANTOS DE LA NUEVA RIOJA EN LA PROVINCIA DE LOS DIAGUITAS QUE ESTABA EN LOS PRINCIPIOS DE SU FUNDACIÓN Y NO BIÉN CONQUISTADA Y POR MUERTE DE 3 ESPAÑOLES ESTABAN LOS NATURALES REBELADOS…ES PUESTO A SI MISMO A MILITAR EN LA PACIFICACIÓN DE AQUELLAS GENTES DONDE ESTUVO MAS DE 8 MESES CON SUS ARMAS Y CABALLOS PARA SERVIR PERSONALMENTE Y POR PARECERLE AL DICHO GOBERNADOR LE ERA NECESARIO TENERLE JUNTO A SU PERSONA NO PERMITIÓ SU SALIDA CON SUS CAPITANES…Y MIENTRAS LOS DEMÁS MILITABAN EN LA GUERRA, EL EN LA PAZ QUITABA PLEITOS POR DIFERENCIAS ENTRE LOS VECINOS QUE ESTA FUE CAUSA QUE AQUELLA CIUDAD…. SE AUMENTASE Y PARECIENDOLE AL DICHO GOBERNADOR DON PEDRO DE MERCADO QUE EL DICHO MI PADRE HABIA SERVIDO A SU MAGESTAD BIEN EN ESTO HE MERECIA POR ELLO LE HIZO… EN SU REAL NOMBRE DE UN REPARTIMIENTO ENTONCES BACO Y POR SER CORTO Y EN TIERRA DONDE NO PODIA HACER PROVECHO CON SUS ESTUDIOS HIZO DEJACION PARA QUE SE DIESE A OTRA PERSONA BENEMERITA…
En la próxima nota veremos que tipo de pleitos pudo haber resuelto el abogado ANDRADA DE SANDOVAL.
3) Referencias:
[1] En esa época la gobernación del Tucumán comprendía 8 pequeñas ciudades hispanas: Santiago del Estero, San Miguel de Tucumán, Talavera de Esteco, Córdoba, Salta, La Rioja, Madrid de las Juntas y Jujuy.
[2] En la nota del Diario Nueva Rioja, del día 4 de Mayo de 2009,se fundamenta nuestra tesis acerca de que en 1593 no hubo una rebelión de indios, sino un desplazamiento pacífico de tribus hacia la ciudad de La Rioja, posiblemente para conocer el Santo que acababa de llegar.
[3] Domingo de Otazo figura como conquistador y vecino feudatario de La Rioja. Ver Moyano Aliaga: “la Rioja: Revelaciones Documentales acerca de su fundación” Córdoba 1991.
En el testimonio del presbítero Manuel Nuñez se cita la muerte de los 12 indios por Otazo, según el cardenal Caggiano en su artículo: “La Figura de San Francisco y su Actuación en el Tucuman. Academia Nacional de la Historia. Vol XXIV
[4] Hasta entonces por problemas administrativos en las Cajas Reales de Potosí, Ramírez de Velasco no había recibido ninguno de sus sueldos como gobernador.
[5] La Real Audiencia de La Plata se crea en 1563, por cédula del rey Felipe II. Era un Organismo con facultades administrativas y Judiciales, integrada por miembros llamados “Oidores”, bajo cuya jurisdicción se colocó a la Gobernación del Tucumán, también creada en esa época.
Cabe destacar que las LEYES DE INDIAS (recopiladas por mandato del Rey Carlos II en 1681) citan ordenanzas de Felipe II en donde (entre otras); hacen las siguientes exigencias a los ABOGADOS DE LAS REALES AUDIENCIAS: (folio 255)
● “Ordenamos y mandamos que ninguno sea y pueda ser abogado en nuestras reales Audiencias de las indias, sin ser primeramente examinado por el Presidente y Oidores, y escrito en la matrícula de los Abogados, y cualquiera que lo contrario hiciere, por la primera vez sea suspendido del oficio de Abogado por un año, y pague 50 pesos para nuestra cámara, y por la segunda se doble la pena y por la tercera quede inhábil y no pueda usar la Abogacía… (Folio 255)
● “Que los abogados juren que no ayudarán en causas injustas ni actuarán injustamente, y luego que conocieren que las partes no tienen justicia, desampararán las causas”
● “Si algún abogado descubriere el secreto de su parte a la contraria o a otra en su favor o si se hallare que aconseja a ambas partes contrarias en el mismo negocio, o si no quiere jurar lo contenido en estas ordenanzas y en las Leyes y pragmáticas de estos reinos de Castilla …le privamos del oficio de la Abogacía y si después usare de el en cualquier forma, pierda la mitad de sus bienes para nuestra Camara”, (folio 256)
● “Los abogados no dilaten los pleitos y procúrenlos abreviar en cuanto fuere posible, especialmente los de indios, a los cuales lleven muy moderadas pagas y sean verdaderos protectores y defensores de personas y bienes”, (folio 257), etc, etc.
[6] Mercado de Peñaloza era un hombre que en sus servicios había quedado manco, y quizás sea por esta limitación que decidió permanecer en La Rioja. Además, su cargo de “Gobernador, Capitán General y Justicia Mayor” le otorgaba facultades para entender en cuestiones judiciales dentro de su gobernación.
[7] ARCHIVO GENERAL DE INDIAS. CHARCAS 101 N 50
SOBRE LOS PRIMEROS AÑOS DE LA RIOJA:EL PRIMER ABOGADO QUE EJERCIO SU PROFESION EN LA RIOJA: 2º PARTE
Continuando sobre el 1º Abogado que actuó como tal en La Rioja de 1595, investigamos un poco los que nos indican algunos documentos de la época
1) Algunos Documentos Coloniales:
Los datos de los pleitos resueltos por Andrada en La Rioja, se pierden en la bruma de los tiempos…
Sin embargo, algunos protocolos de los documentos coloniales existentes en el Archivo Histórico de Tucumán nos permiten formarnos una idea de la riqueza jurídica y administrativa que impregnaba la vida social de las ciudades del primitivo Tucumán, a la vez que nos ilustran sobre el nutrido intercambio comercial entre las colonias.
Así, vemos con no poca frecuencia aparecer los PODERES, las OBLIGACIONES DE PAGO, los CONTRATOS DE FLETE, las ENCOMIENDAS DE INDIOS, etc. Cuyos incumplimientos generarán costosos e interminables pleitos entre vecinos.
A modo de ejemplo, hemos encontrado los siguientes documentos:
1) “Francisco de Acosta Caballero, vecino de San Miguel de Tucumán, ante el escribano Francisco Romano, otorga PODER a favor del capitán Francisco Fernandez Lonja, vecino de la ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja, para que representando su persona cobre juicio y fuera de el, cualquier cantidad de dinero en oro, plata, joyas, mercaderías, ganado de cualquier especie y esclavos que se le debe o debiere por obligaciones o cláusulas de testamento o por cualquier otra razón y para que otorgue carta de pago y atienda sus pleitos de cualquier naturaleza que sea. San Miguel de Tucumán , 1608. [8]
2) “Lazaro Morales ante el escribano Pedro de Vildossola pide la libertad de un indio de la encomienda de Juan Villegas que está preso por deber un caballo. San Miguel de Tucumán .1613 .[9]
3) Francisco de Acosta Caballero, vecino de San Miguel de Tucumán, ante el escribano Fernando Romano, otorga escritura de OBLIGACION DE PAGO a favor de Juan García Bocano, por la suma de 1400 pesos que el adeuda por razón de 1200 cabezas de vacas y novillos de 3 años para arriba que él compró y recibió, lo que se obligó a pagar en VINOS DE LA RIOJA de dar y recibir a prueba de mojón a 8 pesos la arroba (unos 11 kg) envasijado por su cuenta en esta ciudad en el mes de Septiembre próximo. San Miguel Tucuman 1611.[10]
4) Nuño Rodríguez Beltrán, vecino de San Miguel de Tucumán, ante el escribano Juan Mena, otorga poder a favor de Gracian de Iriarte, vecino de la ciudad de La Rioja, y a Manuel Salazar, administrador del valle de Catamarca para todos sus pleitos y cobranzas y en especial para que cobre a Justo Lopez, 200 pesos que le adeuda por conceptos de 200 arrobas de algodón (unos 2200 kg) .San Miguel de Tucumán 1615. [11]
5) Melchor de Castro, vecino de la ciudad de San Miguel de Tucumán, ante el escribano Juán Mena, otorga PODER a favor de…Pedro Luis Brandan, vecino de la ciudad de La Rioja para que todos sus pleitos, cobranzas y especialmente para que cobren a Gonzalo Galván un macho grande de cría y marca de Medina que le dio para que lo amansara. San Miguel de Tucumán.1615. [12]
6) Gonzalo Galvan y Cristóbal Bustos Pereyra, residentes en la ciudad de San Miguel de Tucumán, ante el escribano Francisco Romano, celebran CONTRATO DE FLETE: Galván se obliga a conducir de la ciudad de La Rioja a la de Nuestra Señora de Talavera de Madrid , 7 carretas cargadas de vino y otras cosas con todos los bueyes y adherentes a ellos por cuyo trabajo Cristóbal Bustos Pereyra se obliga a pagar a Galván, 500 pesos corrientes de a 8 reales, 200 pesos antes de salir de La Rioja, en lienzo de Algodón a medio peso a vara [13] y los 300 restantes en la ciudad de Esteco.`[14] San Miguel de Tucumán.1611 [15]
2) Referencias:
[8] LIZONDO BORDA. DOCUMENTOS COLONIALES. SERIE I, VOL V pag 68
[9] LIZONDO BORDA. DOCUMENTOS COLONIALES. SERIE I, VOL V pag 96
[10] LIZONDO BORDA. DOCUMENTOS COLONIALES. SERIE I, VOL V pag 108
[11] LIZONDO BORDA. DOCUMENTOS COLONIALES. SERIE I, VOL V pag 135
[12] LIZONDO BORDA. DOCUMENTOS COLONIALES. SERIE I, VOL V pag 137
[13] Ante la escasez de moneda circulante, se empleaba LA VARA DE LIENZO (unos 90cmts.) como moneda. En otras ciudades se empleaba ganado.
[14] Talavera de Esteco fue una antigua ciudad virreinal situada al sur de la actual provincia de Salta, que luego se fusiono con otra ciudad llamada Madrid de las Juntas (fundada por Ramírez de Velasco en 1593) para formar la ciudad de Talavera de Madrid. Esta nueva ciudad desaparecía con el terremoto de 1692 y sus habitantes irían a ocupar el paraje de Metán, al sur de Salta.
[15] LIZONDO BORDA. DOCUMENTOS COLONIALES. SERIE I, VOL V pag 111
5) BIBLIOGRAFIA PRINCIPAL
● Moyano Aliega la Rioja: Revelaciones Documentales acerca de su fundación” .Cordoba. 1991
● Caggiano, Antonio La Figura de San Francisco Solano y su Actuación en el Tucumán, según el proceso de beatificación y canonización instruido en Lima y conservado en los Archivos Vaticanos de la “Sagrada Congregación de Ritos” - Academia Nacional de la Historia- VOL XXIV
● Levillier, Roberto. Nueva Crónica De La Conquista De Tucumán TIII
● Archivo General de Indias. Audiencia de Charcas.
● Lizondo Borda. Documentos Coloniales relativos a San Miguel de Tucumán y a la Gobernación del Tucumán. Siglo XVII.Serie I Vol V
● Recopilacion De Leyes De Los Reynos De Las Indias
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